miércoles, 18 de marzo de 2009

La Impunidad Debe Ceder el Paso a la Justicia


*Artículo escrito por Sandra González Watson a propósito de la campaña JUSTICIA PARA MUJERES DE MANTA Y VILCA


La CVR en su informe final entregado en agosto del año 2003, dio cuenta de 538 casos registrados de violación sexual, producidos durante la guerra interna que vivió nuestro país.

Uno de los casos más impresionantes que se ha podido documentar, ha sido el ocurrido en los distritos de Manta y Vilca, del departamento de Huancavelica.

En estos lugares, paradójicamente la presencia de bases militares anti-subversivas, estuvieron íntimamente relacionadas a violaciones sexuales contra las mujeres del lugar, de manera recurrente y durante los varios años en que permanecieron las mismas.

El proceso legal de este caso, y en general de aquellos vinculados a la violencia sexual sufrida en situación de conflicto armado, tienen que enfrentar aún varias batallas para que finalmente no queden en la impunidad.

La primera batalla que se tiene que superar, está vinculada a un tema de orden legal, que se sustenta en la obtención de la prueba. En general, los procesos penales por crímenes de violación sexual, tienen como base probatoria, el examen medico legal. Este examen, es tomado a las mujeres víctimas de violación sexual, y generalmente es el que determina, bajo el criterio de los jueces, si efectivamente hubo o no violación. Se supone que el examen debe determinar algún elemento que demuestre la agresión sexual; tales como golpes, contusiones, jaleos, o alguna otra prueba como pelos arrancados, o uñas con piel, etc. y la presencia de fluidos lo cual sumado a lo anterior determinaría la penetración.

Si el examen se toma dentro de las 72 horas de producido el hecho, el resultado puede ser contundente, debido a que varios de los elementos probatorios que configuran un hecho de violación sexual, pueden ser determinados mediante el mismo.

La ropa usada por la víctima al momento de producirse el delito, es otro elemento probatorio importante, ya que en ella se pueden encontrar vestigios que demuestren también, la agresión sexual. De aquí derivan las recomendaciones de guardar la ropa, no bañarse y guardar cualquier indicio posible del ataque. Si bien estas indicaciones son importantes para la prueba, algunas de ellas no suelen coincidir con las necesidades que narran muchas mujeres después de una agresión sexual, especialmente cuando se trata de un extraño.

Sin embargo, ¿qué sucede cuando el delito de violación sexual se consumo en el momento de un conflicto armado de hace más de 20 años?

El caso de Manta y Vilca, sucedió durante los años 1984 y 1995, es decir, son crímenes del pasado, por lo mismo el examen médico legal es ineficaz. Por ello, deben ser son otras las consideraciones que deberán aplicar los fiscales y jueces, puesto que como es obvio en la mayoría de casos, no habrá ropa ni examen médico legal que arroje prueba alguna y demuestre que hubo violación sexual.

En el caso concreto de Manta y Vilca, los medios probatorios están inmersos en: i) el contexto en el que se produjeron los hechos, ii) la presencia militar de la zona, iii) la comisión de los hechos[1].

Es decir, se dejan de lado los exámenes médico legales, y los medios probatorios que tradicionalmente se usan para demostrar o evidenciar que se perpetró el delito de violación sexual, para pasar a buscar evidencias en consideraciones sustentadas en los principios del derecho internacional de los derechos humanos, y el derecho internacional humanitario.

Se ha escrito mucho sobre el contexto en el que se produjeron los hechos, en donde el PCP SL, inicia una guerra popular contra el Estado peruano, el cual no tuvo la capacidad para contener el avance subversivo, que se expandió en pocos años a casi todo el país. Dadas esas condiciones, y en donde los gobernantes alentaron la militarización del conflicto, abandonando sus fueros y prerrogativas para dejar la conducción de la lucha contra subversiva en manos de las Fuerzas Armadas. Es en ese contexto, que se produjeron violaciones masivas a los derechos humanos, que según estimaciones de la CVR, produjo 69,280 muertes.

Por otro lado, las bases contra subversivas instaladas en todo el país, y los muchos testimonios de mujeres que narran desgarradoras historias de violación sexual ejecutadas por los militares de esas mismas bases contra subversivas, demuestran que existió una sistemática política de guerra sucia que perpetró violaciones sexuales contra las mujeres, como una manera de aterrorizar e infringir miedo al “enemigo” o mejor dicho a las mujeres del “enemigo”. Estas violaciones, no fueron hechos aislados como se pretende sostener desde la institución que perpetuó estos crímenes, sino una práctica sistemática proveniente de los “manuales de guerra sucia”. No puede ser una casualidad, que justamente las violaciones se perpetuasen entre el año 1984 en que llegan a instalarse las bases militares y dejan de realizarse a partir del año 1995 en que abandonan esos lugares, como lo sostienen los numerosos testimonios de mujeres que incluso hoy en día tienen hijos de aquellos malos militares, que si aceptaran la prueba de ADN, resultarían culpables.

Con relación a la comisión de los hechos, para el caso de Manta y Vilca, se han conjugado diversos testimonios de víctimas y testigos, los mismos que sumados a otros elementos, como fotos, documentos escritos, actas, entre otros, etc, dotan a este caso en particular, de suficientes elementos probatorios que permitirán a los jueces y fiscales, evaluar la evidencia y determinar la configuración del delito.

Este caso, es de suma importancia, en tanto propone o plantea a los fiscales y jueces, la necesidad de desarrollar criterios jurídicos probatorios y superar las barreras legales que entorpecen la justicia, de este y los cientos de casos de mujeres víctimas de violación sexual en el marco del conflicto armado interno.

Finalmente, además de la violación sexual, hay muchas otras formas de violencia sexual, del cual fueron víctimas cientos sino miles de mujeres, como el desnudo forzado, el chantaje sexual, la unión forzada, el aborto forzado la esclavitud sexual, entre otros casos los cuales tienen que investigarse, procesarse a los responsables y finalmente sancionar para que no queden en la impunidad.

Es por ello, que diversas personas preocupadas por la vigencia de los derechos humanos en el Perú y especialmente por la situación de las mujeres víctimas del conflicto armado, se han unido con instituciones como el IDL y Amnistía Internacional, para sensibilizar y generar consciencia, respecto a las miles de mujeres peruanas que fueron violadas durante el conflicto, así como denunciar la impunidad en que se encuentran esos terribles hechos, a la espera de justicia. Si estás interesado en ser parte de este colectivo ingresa al siguiente blog http://relatodeunaviolacionmantayvilca.blogspot.com/ o súmate a la acción en facebook a través del correo relatodeunaviolacion@gmail.com

[1] Entrevista a Carlos Rivera Paz, abogado del caso Manta y Vilca, IDL 2009

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